El alto tribunal declaró inexequible el artículo que establecía que las universidades debían asumir el pago de los intereses de estudiantes del Icetex. También tumbó la prórroga a las medidas especiales en procesos de insolvencia de las empresas.
La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó dos artículos de la reforma tributaria del gobierno del presidente Gustavo Petro: el 95 que fijaba que a que las universidades o IES debían asumir algunos intereses del Icetex; y el 96, que prorrogó la vigencia de dos decretos legislativos enfocados en la insolvencia empresarial.
El primero de ellos establecía que aquellas universidades que tuvieran estudiantes con créditos del Icetex debían asumir el pago de los intereses que, para cada estudiante, resultaran de la diferencia entre el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la tasa de interés con la que se haya acordado el préstamo.
En cuanto al artículo 96 de la tributaria, que establecía una prórroga para los decretos legislativos 560 y 772 de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2023, los cuales dictaban medidas especiales en procesos de insolvencia de las empresas en el marco del covid, la Corte encontró que no existía conexión entre la reforma y dichos decretos que se querían prorrogar.
(créditos: elcolombiano – foto:tuespaciojuridico)